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Registro Civil
Las inscripciones del Registro Civil comprenden: Inscripción de Nacimiento; Inscripción de Matrimonio; Inscripción de Defunción
Inscripción de Nacimiento: Los hijos de guatemaltecos que nacen fuera de Guatemala tiene derecho a tener doble nacionalidad (además de la de su país de nacimiento), cuando uno o ambos padres son guatemaltecos. Una vez el menor quede inscrito en la Municipalidad de la ciudad de Guatemala, los padres podrán tramitar el pasaporte guatemalteco del menor. Cuando el inscrito cumpla la mayoría de edad (18 años) deberá reafirmar su nacionalidad guatemalteca, si así lo desea, lo cual deberá hacer en la oficina de Nacionalidad del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Guatemala.
Requisitos
| 1. |
Certificado de Nacimiento en original (adjuntar 2 fotocopias)
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| 2. |
Cédula de Vecindad o pasaporte vigente de ambos padres (adjuntar 2 fotocopias de cada uno).
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| 3. |
Si uno de los padres hubiese fallecido, presentar Certificado de Defunción (adjuntar 2 fotocopias), |
Importante: Si los padres del menor no han contraído matrimonio, deberán comparecer ambos para firmar inscripción. Si los padres del inscrito están casados pero no han registrado su matrimonio en Guatemala, aparecerán como soleteros en el Acta de Inscripción de Nacimiento y ambos deberán comparecer para firmarla.
Inscripción de Matrimonio: Cuando un guatemalteco contraiga matrimonio fuera de Guatemlala, deberá notificarlo a las autoridades guatemaltecas correspondientes. Mientras el Matrimonio no sea inscrito, en Guatemala los contrayentes continuarán figurando como solterosy no surtirá los efectos legales correspondientes |
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Requisitos
| 1. |
Certificado de Matrimonio en original (adjuntar 2 fotocopias).
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| 2. |
Cédula de Vecindad o Pasaporte vigente original (adjuntar 2 fotocopias)
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| 3. |
Certificado de Nacimiento reciente (adjuntar 2 fotocopias). |
En caso de que uno de los contrayentes no sea guatemalteco, deberá presentar pasaporte vigente original y Certificado de Nacimiento (no necesariamente reciente).
Importante: los Certificados de Nacimiento de los contrayentes guatemaltecos deberán ser recientes (6 meses máximo).
Inscripción de Defunción: cuando una persona guatemalteca haya fallecido fuera de territorio guatemalteco, la defuncipon deberá registrarse conforme a la ley para que pueda surtir los efector legales en Guatemala.
Requisitos
| 1. |
Certificado de Defunción en original (adjuntar 2 fotocopias)
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| 2. |
Certificado de Nacimiento del difunto en original (adjuntar 2 fotocopias).
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| 3. |
Cédula de Vecindad y/o Pasaporte del difunto en original (adjuntar 2 fotocopias) |
| 4. |
Cédula de Vecindad y/o Pasaporte de la persona que realice la inscripción. |
Todos los tramites de inscripcion de registro civil son estrictamente personales. Los interesados deben concertar una cita para realizarlos, llamando al (415)
896-9181
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